Re: Cambio de tutor de un incapaz.
- Antonio L.G.
- Autor del tema
13 años 7 meses antes #53187
por Antonio L.G.
Respuesta de Antonio L.G. sobre el tema Re: Cambio de tutor de un incapaz.
Buenas tardes:
Hace unos días por el Juzgado de la localidad dónde resido se procedió al cambio de tutor de mi hermano, pasando la tutoría de mi madre al que suscribe. Al hilo de la consulta que formulé en su día y por si alguien se encuentra en la misma situación que yo, paso a describir el proceso:
1. Presentación en los Juzgados de la localidad dónde uno reside de solicitud o instancia promoviendo el cambio de tutor, en mi caso, la acompañé de copia de la siguiente documentación:
- Fotocopia de mi DNI.
- Fotocopia del DNI del incapaz.
- Fotocopia del DNI. del tutor/tutora (en este caso, mi madre).
- Sentencia de incapacitación de mi hermano.
- Sentencia que nombra tutora a mi madre.
- Certificado literal nacimiento del incapaz.
- Fotocopia libro de familia.
- Certificado de empadronamiento de todos los intervinientes en este proceso.
- Certificado de fallecimiento de mi padre (pág. 4 libro familia).
- Certificado médico de la enfermedad que afecta a mi madre y que motiva el cambio de tutor.
2. La solicitud la presenté yo en mano y fue remitida a uno de los Juzgados de Primera Instancia de mi localidad.
3. A continuación le asignaron número de expediente y me remitieron una providencia para que fuera y me ratificara en la solicitud.
4. Siguiente paso: a los pocos meses me reclamaron que acudiera con un familiar o conocido del incapaz para que le fuera formulada una serie de preguntas, sobre mi persona, mi madre o hermano. Cuestionario sencillo y fácil de cumplimentar.
5. Posteriormente Paso del expediente a fiscalía para informe. Si el fiscal está conforme como fue mi caso, traslado al Juez para veredicto, sentencia o cómo se llame.
Este es el resumen del proceso (duración aproximada 8 meses). Si alguien necesitara la solicitud para hacerlo por su cuenta como fue mi caso –sin necesidad de abogado ni procurador-, únicamente tiene que pedirme a través del correo que consigno una copia de la solicitud.
Saludos y felices fiestas a todos.
Hace unos días por el Juzgado de la localidad dónde resido se procedió al cambio de tutor de mi hermano, pasando la tutoría de mi madre al que suscribe. Al hilo de la consulta que formulé en su día y por si alguien se encuentra en la misma situación que yo, paso a describir el proceso:
1. Presentación en los Juzgados de la localidad dónde uno reside de solicitud o instancia promoviendo el cambio de tutor, en mi caso, la acompañé de copia de la siguiente documentación:
- Fotocopia de mi DNI.
- Fotocopia del DNI del incapaz.
- Fotocopia del DNI. del tutor/tutora (en este caso, mi madre).
- Sentencia de incapacitación de mi hermano.
- Sentencia que nombra tutora a mi madre.
- Certificado literal nacimiento del incapaz.
- Fotocopia libro de familia.
- Certificado de empadronamiento de todos los intervinientes en este proceso.
- Certificado de fallecimiento de mi padre (pág. 4 libro familia).
- Certificado médico de la enfermedad que afecta a mi madre y que motiva el cambio de tutor.
2. La solicitud la presenté yo en mano y fue remitida a uno de los Juzgados de Primera Instancia de mi localidad.
3. A continuación le asignaron número de expediente y me remitieron una providencia para que fuera y me ratificara en la solicitud.
4. Siguiente paso: a los pocos meses me reclamaron que acudiera con un familiar o conocido del incapaz para que le fuera formulada una serie de preguntas, sobre mi persona, mi madre o hermano. Cuestionario sencillo y fácil de cumplimentar.
5. Posteriormente Paso del expediente a fiscalía para informe. Si el fiscal está conforme como fue mi caso, traslado al Juez para veredicto, sentencia o cómo se llame.
Este es el resumen del proceso (duración aproximada 8 meses). Si alguien necesitara la solicitud para hacerlo por su cuenta como fue mi caso –sin necesidad de abogado ni procurador-, únicamente tiene que pedirme a través del correo que consigno una copia de la solicitud.
Saludos y felices fiestas a todos.
Responder a Antonio L.G.
- Antonio L.G.
- Autor del tema
14 años 6 meses antes #51269
por Antonio L.G.
Respuesta de Antonio L.G. sobre el tema Re: Cambio de tutor de un incapaz.
Igualmente Natalia le agradezco su comentario y consejos.
Responder a Antonio L.G.
- Antonio L.G.
- Autor del tema
14 años 6 meses antes #51257
por Antonio L.G.
Respuesta de Antonio L.G. sobre el tema Re: Cambio de tutor de un incapaz.
Muchas gracias por su respuesta. Seguiré la pista que me da a través de su sugerencia y de la página que cita. Saludos.
Responder a Antonio L.G.
- María José Alonso
14 años 6 meses antes #51252
por María José Alonso
Respuesta de María José Alonso sobre el tema Re: Cambio de tutor de un incapaz.
Estimado Antonio:
Yo creo que puede promover el cambio de tutor ya. A mi me parece que si su madre no está en condiciones de otorgar poder ante Notario y usted no tiene poder para representarla a ella en juicio (entiendo que ella por su Alzheimer no está en condiciones), lo más sencillo y barato va a ser que acuda a la fiscalía de su domicilio (la ciudad donde viven su hermano y su madre), pida una entrevista con el fiscal y le exponga toda la situación. El fiscal puede pedir la remoción de su madre por excusa, su enfermedad de acuerdo con el art. 248 y 251 del Código civil. En la entrevista usted puede pedirle que el promueva el cambio y usted ofrecerse a ser tutor mostrando el testamento, donde precisamente ella le nombra tutor de su hermano, lo cual tiene que ser ratificado por el Juez. Las oficinas de fiscalía suelen estar en los Juzgados de Familia. Si no le resulta fácil encontrarlas puede entrar en www.fiscal.es y pinchar en fiscal especialista discapacidad y contactar.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño
Yo creo que puede promover el cambio de tutor ya. A mi me parece que si su madre no está en condiciones de otorgar poder ante Notario y usted no tiene poder para representarla a ella en juicio (entiendo que ella por su Alzheimer no está en condiciones), lo más sencillo y barato va a ser que acuda a la fiscalía de su domicilio (la ciudad donde viven su hermano y su madre), pida una entrevista con el fiscal y le exponga toda la situación. El fiscal puede pedir la remoción de su madre por excusa, su enfermedad de acuerdo con el art. 248 y 251 del Código civil. En la entrevista usted puede pedirle que el promueva el cambio y usted ofrecerse a ser tutor mostrando el testamento, donde precisamente ella le nombra tutor de su hermano, lo cual tiene que ser ratificado por el Juez. Las oficinas de fiscalía suelen estar en los Juzgados de Familia. Si no le resulta fácil encontrarlas puede entrar en www.fiscal.es y pinchar en fiscal especialista discapacidad y contactar.
Un saludo muy cordial,
María José Alonso Parreño
Responder a María José Alonso
- Natalia Araya
- Autor del tema
14 años 6 meses antes #51246
por Natalia Araya
Respuesta de Natalia Araya sobre el tema Re: Cambio de tutor de un incapaz.
Hola, te aconsejo que hables con un abogado, en tu país debe haber alguna rama del gobierno que se haga cargo de la discapacidad, por lo que le puedes consultar a el abogado de esa instutución para que te oriente, ahora bien, es bastánte probable que el trámite sea simple, ante el mismo Tribunal que nombró al primer tutor, hacer una solicitud de tu parte acompañando certificado médico que acredite que tu mamá no esta en condiciones, por ejemplo diagnosticando el Alzeimer, y pedir la sustitución de tutor ofreciendote como tal.
También puedes concurrir personalmente al Tribunal que dictó la resolución para que te orienten.
Slds
También puedes concurrir personalmente al Tribunal que dictó la resolución para que te orienten.
Slds
Responder a Natalia Araya
- Antonio L.G.
- Autor del tema
14 años 6 meses antes #51237
por Antonio L.G.
Cambio de tutor de un incapaz. Publicado por Antonio L.G.
Buenas tardes: Mi hermano con síndrome de down fue incapacitado hace años por un juzgado de Sevilla, nombrando a mi madre tutora. Tiene actualmente 40 años. Mi madre con más de 80 años arrastra problemas de salud (alhzeimer) y un deterioro físico acusado, por lo que su otro hijo, el que suscribe, desde hace años es responsable de ambos en todos los ámbitos. Cuándo mi madre falte yo seré el tutor de mi hermano. Mi pregunta es si en la situación actual convendría ahora proceder al cambio de tutor o esperar a cuándo mi madre ya no esté con nosotros.
Ahora o más adelante, estoy buscando documentación acerca de cómo proceder al cambio de tutor, sin encontrar apenas nada. Lo único el artículo 251 del código civil que promueve el cambio de tutor por enfermedad del mismo. La incapacidad de mi hermano fue llevada por un gabinete jurídico de una asociación benéfica que ya ha desaparecido. Soy administrativo y no se me dan mal los papeles, ¿me podría indicar qué documentos habría que hacer para proceder al nombramiento de nuevo tutor? ¿Hace falta abogado y procurador cómo en el caso de la incapacidad?
Por último mi madre tiene hecho testamento, en él a su fallecimiento me nombra tutor. Este nombramiento, ¿cómo encaja con mis deseos de proceder al citado cambio? Supongo que habría que iniciar idéntico procedimiento porque aunque mi madre me nombre, esto tendría que ser ratificado por un Juez.
Perdone por lo extensa de mi pregunta. Saludos y gracias por su ayuda.
Ahora o más adelante, estoy buscando documentación acerca de cómo proceder al cambio de tutor, sin encontrar apenas nada. Lo único el artículo 251 del código civil que promueve el cambio de tutor por enfermedad del mismo. La incapacidad de mi hermano fue llevada por un gabinete jurídico de una asociación benéfica que ya ha desaparecido. Soy administrativo y no se me dan mal los papeles, ¿me podría indicar qué documentos habría que hacer para proceder al nombramiento de nuevo tutor? ¿Hace falta abogado y procurador cómo en el caso de la incapacidad?
Por último mi madre tiene hecho testamento, en él a su fallecimiento me nombra tutor. Este nombramiento, ¿cómo encaja con mis deseos de proceder al citado cambio? Supongo que habría que iniciar idéntico procedimiento porque aunque mi madre me nombre, esto tendría que ser ratificado por un Juez.
Perdone por lo extensa de mi pregunta. Saludos y gracias por su ayuda.
Responder a Antonio L.G.
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